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Manual de Seguridad. Edición revisada 2009

Edición revisada 2010

Orden y Limpieza

3. Disposiciones Mínimas Relativas a Orden, Limpieza y Mantenimiento
(Anexo II - R.D. 486/97 de 14 de abril)

3.1. Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo y en especial, las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en casos de emergencia, deberán permanecer libres de obstáculos de forma que sea posible utilizarlas sin dificultades en todo momento.

3.2. Los lugares de trabajo, incluídos los locales de servicio y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. A tal fin, las características de los suelos, techos y paredes deben permitir dicha limpieza y mantenimiento.

Se deben eliminar con rapidez los desperdicios, manchas de grasa, residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo.

3.3. Las operaciones de limpieza no deben constituir por si mismas una fuente de riesgo para los trabajadores que las efectúen o para terceros, realizándose a tal fin en los momentos, de la forma y con los medios más adecuados.

3.4. Los lugares de trabajo, y en particular, sus instalaciones, deberán ser objeto de un mantenimiento periódico, de forma que sus condiciones de funcionamiento satisfagan siempre las especificaciones del proyecto, subsanando con rapidez las deficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

En caso de instalaciones de protección, el mantenimiento deberá incluir el control de su funcionamiento.

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