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Manual de Seguridad. Edición revisada 2009

Edición revisada 2010

Organización y Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales

4. Organización de la Prevención

4.3.4. De los Delegados de Prevención

Funciones generales:

  • Desempeñar la figura de representación de los trabajadores a través de la cual se canaliza su derecho a la información, consulta y participación.
  • Promover y fomentar la participación de los trabajadores en la ejecución de la normativa dictada al efecto.
  • Ser consultados por la Dirección, con carácter previo a su ejecución, acerca de todo aquello que tenga un impacto significativo en el ámbito de la prevención y seguridad en el trabajo.
  • Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Principios que rigen su actuación:

  • Representar a los trabajadores en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales, promoviendo y canalizando su participación y velando por los intereses que les asisten.
  • Colaborar activamente con la Dirección en el diseño, aplicación y seguimiento de las acciones de Prevención y Protección que se decidan.

Funciones específicas:

  • Acompañar a los Técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo, así como a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que efectúen, formulando ante ellos las observaciones que estimen oportunas.
  • Recoger la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus Funciones.
  • Estar informados por la Dirección sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores y efectuar, al respecto, las averiguaciones oportunas.
  • Recibir de la Dirección las informaciones obtenidas por ésta, procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades preventivas en ISASTUR, así como de los organismos competentes para la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control de las condiciones de trabajo.
  • Recabar de la Dirección la adopción de medidas de protección y/o de carácter preventivo, mediante propuestas dirigidas a la misma o al Comité de Seguridad y Salud, en su caso.
  • Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de actividades que entrañen un riesgo grave e inminente.

4.3.5. Del Comité de Seguridad y Salud

Funciones generales:

  • Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de Prevención de Riesgos en las Empresas de ISASTUR.
  • Promover iniciativas destinadas a mejorar la efectiva Prevención de Riesgos en el Grupo de Empresas.

Principios que rigen su actuación:

  • Debatir en su seno, antes de su aplicación, todo aquello que tenga una incidencia en la Prevención de Riesgos: organización y planificación del trabajo, de las actividades de Prevención y Protección, etc.

Funciones específicas:

  • Participar en el diseño y aplicación de planes y programas de Prevención, efectuar su seguimiento y proponer medidas para su mejora; entendiéndose también las propuestas de modificación del Manual de Seguridad.
  • Conocer directamente la situación relativa a la Prevención de Riesgos en los centros de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
  • Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el ejercicio de sus Funciones, incluyendo los emitidos por el Servicios de Prevención propio o ajeno con el que se hayan concertado actividades.
  • Conocer y analizar los daños producidos en la salud o integridad física de los trabajadores, con el fin de valorar sus causas y proponer medidas preventivas oportunas.
  • Conocer e informar la Memoria y Programación Anual de los Servicios de Prevención (propio y ajeno).

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